Una normativa “difusa” nos permite recurrir las multas de tráfico por llevar instalado un detector de radar en el vehículo.

Si bien en España el uso de detectores de radar, aquellos que detectan el cinemómetro sin interferir en su funcionamiento, está sancionado con 200€ de multa y retirada de 3 puntos, a raíz de una reciente Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Segovia, este punto ya no está tan claro. Así, la asociación “Automovilistas Europeos Asociados” que llevó el caso de una conductora sancionada por llevar instalado en el coche un detector de radar, alegó que, según el testimonio de los técnicos de laboratorio de ensayos acreditado, se trataba de “un dispositivo de ayuda a la conducción”.

En la Sentencia el Juez declara a favor de la conductora puesto que “la simple instalación de estos mecanismos no es una acción típica o antijurídica. Por ello la administración debe probar que la sancionada utilizó dicho detector, no simplemente la instalación.”